Para todas aquellas personas con o sin cargas familiares, que necesitan ciertas garantías ante los sucesos que pueda ocasionar la vida. Keon te ayuda a proteger lo que para ti es lo más importante, en caso de lo que pueda suceder en el futuro, y así garantizar protección y una vida satisfactoria a los tuyos.

A continuación, repasamos las principales modalidades de Seguros de Vida, así como las garantías que te ofrecemos. Para más información no dudes en consultarnos, tu agente Keon te está esperando.

Modalidades de Seguros de Vida

Temporal Anual Renovable

  • Creciente IPC: El capital crece anualmente según el IPC., la prima crece en función del capital y la edad del asegurado.
  • Constante: El capital se mantiene constante y la prima crece en función de la edad del Asegurado.

Temporal a Plazo

  • Constante: El capital y la prima se mantienen constantes durante toda la duración del contrato
  • Creciente: el capital y la prima crecen según el porcentaje elegido durante la duración del contrato

Amortización

  • Temporal a Plazo Decreciente: El capital decrece según el periodo de amortización establecido y la prima se mantiene constante durante el plazo de pago de primas que estará en dependencia de la duración del contrato.

Garantía Principal Seguro Temporal

Garantía de Fallecimiento

Mediante este tipo de seguro , el Asegurador garantiza el pago a los Beneficiarios designados del capital garantizado en las Condiciones Particulares , en caso de fallecimiento del Asegurado cualquiera que sea la causa que lo produzca, con las delimitaciones y exclusiones que se especifican en las condiciones generales (suicidio, aviación, conflictos armados….)

Garantías Complementarias

Incapacidad Permanente Absoluta

Se considera como tal, la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.

Incapacidad Permanente Total

Situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa, determinante de la total ineptitud de éste para el ejercicio de su profesión habitual, expresamente declarada en el cuestionario-solicitud y señalada en las Condiciones Particulares del Contrato

Entendemos por CONSOLIDADA la incapacidad permanente total proveniente de lesiones físicas, psíquicas o fisiológicas causadas por cualquier causa, siempre que el diagnóstico de esta situación se considere irrecuperable por los peritos médicos (situación invalidante en la fecha en que, en su caso, se dicte la Resolución del Instituto Nacional de Seguridad social, con independencia de cuál sea la fecha de los efectos económicos de la misma.

Fallecimiento por Accidente

El derivado de las lesiones producidas por una causa violenta , súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado y ocurrida como máximo en el plazo de un año a partir de la fecha del Accidente

Fallecimiento por Accidente de Circulación

La derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado y ocurrida como máximo en el plazo de un año a partir de la fecha del accidente y en las siguientes circunstancias:

  • Como peatón , causada por un vehículo
  • Como conductor o pasajero de un vehículo terrestre
  • Como usuario de transportes públicos: terrestres, acuáticas o aéreos

Incapacidad Permanente absoluta por accidente

Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.

Incapacidad Permanente absoluta por accidente de circulación

Se considera como tal, la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente de circulación, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional y producida en las siguientes circunstancias:

  • Como peatón , causada por un vehículo
  • Como conductor o pasajero de un vehículo terrestre
  • Como usuario de transportes públicos: terrestres, acuáticas o aéreos
  • Enfermedades Graves.