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Seguro de impago de alquiler

Seguro de impago de alquiler en vigo

Actualmente, vivimos en una sociedad de armas a tomar, de riesgos pero también con nuevos métodos para afrontarlos y hasta reducir en lo posible las distintas dificultades e inconvenientes que puedan presentarse por distintos motivos, con esto en mente se han creado una variedad de pólizas de seguro que resguarden al asegurado en el caso de que ocurran.

Cada seguro específico para que pueda adaptarse a las necesidades principales del cliente, además de asegurase de resguardarlo en la situación que se presente. Mayormente, las personas que poseen un negocio o aspiran a tener uno, buscan tener un seguro que los cubra en los factores más necesarios, sin importar el tamaño y alcance de su negocio.

Por eso, si se tiene un lugar vacío y se quiere alquilar, aunque no lo parezca, tener un seguro es lo más ideal y sería de mucha ayuda en ciertas circunstancias que puedan presentarse, algo que muchas personas no tienen en cuenta, pero de lo que realmente puede beneficiarse, con ese motivo le presentaremos uno de los seguros más factibles en una situación como ésta.

¿Qué es el seguro de impago de alquiler en vigo?

Teniendo en cuenta la variedad de coberturas que son ofrecidas por las corredoras de seguros y que tenemos que escoger lo más ideal para nosotros y nuestra situación, lo más lógico es que sepamos cual es específicamente el tipo de seguro por el cual vamos a optar, además de todas las cosas y extensión de cobertura que puede llegar a ofrecernos en ciertas situaciones.

Algunas personas no tienen una claridad sobre lo que cubre un seguro de impago de alquiler en sí, por lo que aquí te hablaremos más sobre éste tipo de seguro, qué es, sus características, cobertura, para que puedas decir si es el más indicado para ti.

El seguro de impago de alquiler se presenta con la finalidad de ser un contrato de clase aseguradora que aporte al arrendador del inmueble protección y también tranquilidad en cuanto a los posibles riesgos que pueden surgir a la hora de alquilar una vivienda respecta, lo que hace que esta clase de seguro se vuelva cada vez más popular.

La contratación de un seguro de éste calibre, ofrece conseguir la cobertura para el propietario que está alquilando una vivienda en la posibilidad de un impago por parte de los inquilinos del mismo, garantizando al arrendatario la recuperación de todos los pagos que fueron incumplidos y en el caso de que el inquilino haya ocasionado daños, estos sean remunerados.

Esto se debe a que este seguro actúa en forma de herramienta a la hora de elegir quién será el nuevo inquilino de una propiedad alquilada, pasando por un proceso de estudia en cuanto a la solvencia financiara que dicho inquilino pueda tener, para que se pueda comprobar si es viable o no de que el pago mensual de arrendamiento sea pagados con seguridad.

Tipos de seguros de impago de alquiler en vigo

Ahora bien, hoy en día pueden apreciarse solamente dos tipos de ésta clase de seguros, como subdivisiones dentro del mismo. Entre esos dos tipos el primero se conoce con el mismo nombre, y su cobertura básica cubre los pagos mensuales de cada renta, inclusive si el inquilino no ha pagado, también es normal que ofrezca defensa jurídica.

Por otro lado, el segundo tipo se conoce como cláusula de impago de alquiler dentro del seguro del hogar, en este la cobertura básica resulta ser igual que la del primer tipo, con la diferencia de que es menos completa y pueda carecer de la misma seguridad ofrecida anteriormente para el arrendador.

¿Cuál es la cobertura del seguro de impago de alquiler en vigo?

La cobertura de ésta clase de seguro, normalmente se concentra en cubrir tres principales riesgos, con los cuales puede presentarse cualquier propietario de un inmueble en alquiler, dichos conflictos son:

Riesgo de impago

En cuanto a este riesgo, la agencia seguradora se procede a encargar de cubrir en su totalidad las rentas que sean dejado sin pagar por parte del inquilino, generalmente el seguro se compromete en el contrato a cubrir los gastos de todas maneras: hasta un numero de pagos sin efectuar, doce mayormente, o también con un monto específico, hasta 3.000 euros es lo normal.

Es más que necesario destacar, que con la finalidad de poder recibir el arrendatario el pago de las cuotas que no han sido pagadas, debe presentar una resolución judicial definitiva con la finalidad de que actúe como prueba física y comprobable de la morosidad que está sucediendo en la relación arrendador-inquilino.

Defensa jurídica

De igual modo, es necesario que la aseguradora presente en su cobertura el cubrir la defensa jurídica y también los posibles otros gastos judiciales que puedan presentarse, esto con un límite el cual no excede de los 3.000 euros.

Actos vandálicos y desperfectos del inmueble

Como muchas veces suele pasar, el inquilino llega a ocasionar daños al inmueble en sí y trata de salirse con la suya, teniendo un seguro como éste las probabilidades de que eso suceda se reducen notoriamente. Sin embargo, hay que destacar que la aseguradora NO se compromete a pagar por los daños ocasionados durante el alquiler.

Es decir, el seguro de impago de alquiler, sólo cubre los daños, desperfectos ocasionados al inmueble por parte del inquilino cuando el mencionado con anterioridad es desahuciado, de resto la aseguradora no podrá cubrir con los gastos, algo que se debe tener muy claro en estos casos.

¿Quién paga el seguro de impago de alquiler en vigo?

Esta es una de las principales dudas que se presentan con respecto a éste tipo de seguros y su cobertura, aquí la vamos a aclarar. Aunque pueda no estar de acuerdo, quien asume la realización del pago de este seguro, es el propietario del inmueble que está siendo o será arrendado, quien lo tiene que llevar a cabo como una responsabilidad.

¿Pero por qué? Bueno, se presenta la situación de que si el inquilino fuese quien pagase el seguro, y es moroso en sus pagos de la renta, existe una gran probabilidad de que sea igual de moroso en cuanto a los pagos del seguro, inclusive si se logra domiciliar a su propia nómina, por lo que la efectividad de la aseguradora queda anulada por incumplimiento en el pago de sus servicios.

Teniendo eso en cuenta, es el propietario o también denominado arrendador quien aceptará la responsabilidad como tomador del seguro y también quien tenga que efectuar los pagos de la aseguradora para que así pueda gozar de una cobertura de riesgo para impagos o desperfectos causados y así el seguro se compromete a hacerse responsable de su parte del contrato.

Estudio de la solvencia del inquilino

Éste estudio es el primer paso que se debe realizar por parte de los futuros arrendadores para con el futuro inquilino de la propiedad, esto se basa en estudiar la solvencia en el estado financiero del arrendatario con la finalidad de evitar en lo posible que exista una morosidad. Dicho estudio es llevado a cabo por el banco.

De igual modo, también puede hacerse a través de las empresas especializadas en mundo del arrendamiento, es decir, las empresas aseguradoras, siempre tomándose en consideración la Ley de Protección de Datos del que pueda llegar a ser el próximo inquilino, quien siguiendo las leyes establecidas debe dar una autorización previamente.

De ésta manera, se puede lograr obtener una perspectiva más detallada y completa, la liquidez que pueda llegar a tener el futuro inquilino de la vivienda, y evitar a su vez que se presente una morosidad por parte del mismo, que en muchos casos es lo que suele pasar, principal motivo por el cual arrendatarios buscan tener este tipo de seguro y gozar de los beneficios que ofrece.

Antes, la manera más popular para lograr eso era hacer una petición de avales bancarios o también avalistas personales, pero esto se vio obsoleto y dio paso a los seguros de impago de alquiler, el cual evita de ese modo, que aquellos inquilinos que son responsables y están siempre solventes depositen grandes cantidades de dinero para poder alquilar una vivienda.

Requisitos exigidos

A la hora de querer gozar de un seguro de impago de alquiler y formalizar el mismo, existe un requisito netamente vital para todo el proceso, el cual resulta ser que una aseguradora se haga cargo de realizar el estudio de solvencia financiera o también de viabilidad económica de los futuros inquilinos de la propiedad.

Esto se debe a que en el caso de que el inquilino de la vivienda no efectúe los pagos correspondientes a la renta mensual, es la aseguradora quien tiene la responsabilidad de efectuar dichos pagos al igual que también hacerse cargo de las remuneraciones posibles por daños ocasionados por los inquilinos.

Entre otros posibles requisitos que son exigidos al futuro inquilino en ésta clase de seguros podemos hacer notar los siguientes: en cuanto al inquilino, es necesario que no se encuentre registrado en ninguna base de datos que esté relacionada a la morosidad. Se recomienda de igual manera, que el contrato de arrendamiento sea superior a un año.

Así mismo, la renta al año del alquiler no puede excederse del 45% de los ingresos anuales en total del arrendatario. A su vez, el posible inquilino debe poseer un contrato laboral cuya duración supere el año, ya que ese tipo de contratos ofrece más garantía de que los pagos de la renta puedan ser efectuados en el tiempo correspondido.

Documentación

Con la finalidad de realizar un estudio sobre la viabilidad económica del futuro inquilino y la posible solvencia en los pagos mensuales que corresponden a la renta, se exigen diferentes documentos dependiendo de la posición laboral que tenga el inquilino. Es decir, si la persona es pensionista, debe presentar su DNI, certificado de pensión de SS y los últimos ingresos de pensión.

Por otro lado, en caso de que tenga un contrato laboral que sea a tiempo indefinido o laborar, se le exigirá el Documento Nacional de Identidad, contrato laboral y también las últimas tres nóminas. Si el posible inquilino es autónomo se va a exigir DNI, junto a su última declaración de renta, al igual que los últimos trimestres de IVA o IRPF, y los últimos cupones de Autónomo

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